ConCiencia Ecológica / Ley del Árbol

PROYECTO PROVINCIAL

Por Verónica Ojeda / veronicaojeda48@hotmail.com

¿POR QUÉ Y PARA QUÉ?
Dada la crisis ambiental, el Estado Provincial ha diseñado un proyecto innovador que apunta a atenuar y prevenir las consecuencias del cambio climático. Se trata de una propuesta en donde el árbol es declarado de interés público y se promueve la implantación de ejemplares, tanto en el sector público como privado.
Las deforestaciones de grandes masas de montes, bosques y pastizales en nuestra zona han dado como resultado pérdida de biodiversidad (variedad de especies animales y vegetales), pérdida de captación de dióxido de carbono, pérdida de suelos y sombra para el ganado, y la más relevante en estos últimos tiempos: pérdida de regulación de las aguas que afecta directamente al sector productivo agropecuario e inunda las áreas urbanas, esto sucede cuando las napas suben al no haber raíces que absorban el agua para luego evaporarlas, dado que existe una interdependencia necesaria entre la presencia de árboles y la producción agrícola.
EL PROYECTO
La propuesta abarca la implantación de corredores biológicos, es decir alineaciones de ejemplares que además de cumplir con sus funciones especificas están albergando vida, aumentando o compensando la falta de biodiversidad, como por ejemplo, especies de aves, insectos polinizadores, fauna benéfica, etc. Las especies a utilizar para estos corredores serán fundamentalmente nativas.
Se espera que los nuevos edificios públicos cuenten con una mayor superficie de espacios verdes, las industrias deberán tener cortinas forestales a su alrededor, lo mismo para actividades que actúen con presión sobre el ambiente (feed lots, acopiadoras de granos) y se ampliarán los corredores verdes alrededor de rutas y caminos.
PORCENTAJES Y COSTOS
En los establecimientos rurales privados se establecerá un porcentaje mínimo de especies a plantar de acuerdo a la superficie de hectáreas y en las aéreas rurales será el doble. Habrá líneas de créditos verdes, subsidios y deducciones impositivas para quienes cumplan con las exigencias en un plazo menor del establecido, planten más ejemplares de los exigidos o protejan características naturales de especial conservación.
Toda nueva explotación productiva urbana deberá contar con una superficie para la implantación. Si por razones de espacio no pudieran realizarlo, deberán entregar un número de ejemplares arbóreos al Municipio o Comuna, establecidos por la Autoridad de Aplicación.
RECURSOS
La Provincia está impulsando la creación de una red de Viveros Provinciales, donde se cultivarán las especies nativas necesarias para provisión de comunas y municipios. También se prevé un Censo de Arbolado y un Registro y Protección de Árboles Distinguidos (ejemplares añejos). Por último, se prevé la constitución de un fondo provincial para la financiación de todas las acciones.
PLAZOS
Los plazos para la ejecución de la implantación para todos los casos, es de 5 años, y consiste en tres etapas: Formulación, 2 años para efectuar la formulación del plan de forestación; Implantación, 2 años para la implantación de los ejemplares en terreno, luego de aprobada la primera etapa; Forestación Lograda, hasta el quinto año consecutivo, obteniendo una cobertura del 80 % de árboles logrados y el 20 % restante en proceso de reposición o mejora.
SANCIONES
El incumplimiento de esta Ley hará pasible al titular del predio identificado como infractor, de sanciones. La autoridad de Aplicación o los Municipios y Comunas, según el caso, estarán facultados para exigirle, además de las multas, la reposición de ejemplares, estableciendo especies, cantidad, lugar y plazo para la implantación de los mismos.


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